4- PROCESO ELECTORAL
4.1 Etapa preparatoria
4.1.d) Campaña electoral
Actividades de carácter político-electoral pueden realizarse en viviendas de precandidatos de forma esporádica. Requisito de presentar solicitud ante autoridad de policía si actividades adquieren carácter habitual.
La propiedad, como derecho fundamental, permite al titular de un bien utilizarlo dentro de un marco general de libertad dentro del respeto al ordenamiento jurídico. Desde esa perspectiva, este Colegiado considera que la celebración esporádica de reuniones u otras actividades de contenido político-electoral, sin autorización previa, a lo interno de viviendas de los precandidatos no se encuentra prohibida por el ordenamiento jurídico.
No obstante, si la celebración de actividades partidistas adquiere un carácter habitual dentro de la vivienda, deberá procederse a la solicitud correspondiente según los requisitos del artículo 3º del RAFLPP y, de especial atención, observar lo indicado en el inciso f) de ese numeral.
N.° 8612-E8-2012de las quince horas diez minutos del doce de diciembre de dos mil doce. Consulta planteada por los señores Bernal Jiménez Monge, Antonio Calderón Castro y Alicia Fournier Vargas, Presidente, Secretario General y Tesorera del partido Liberación Nacional, acerca de varios temas relacionados con clubes políticos, uso de locales para la celebración de asambleas, donaciones en especie y pago de membresías.